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La FES San José se complace en dar la bienvenida a los nuevos integrantes de la comunidad estudiantil y les desea lo mejor para este primer periodo de 2012

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Reglamento Estudiantil PDF Imprimir E-mail
Article Index
Reglamento Estudiantil
Capítulo 1
Capítulo 3
Capítulo 7
Capitulo 9
Capítulo 10
Capítulo 11
Capítulo 12
Capítulo 13
Capítulo 14
Capítulo 15
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Noviembre 24 de 2005

Por el cual se establece el reglamento estudiantil de la Fundación de Educación Superior San José Redefinida Institucionalmente y con adopción de formación por Ciclos Propedéuticos

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA FUNDACIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR SAN JOSÉ, FESSANJOSÉ

En uso de sus atribuciones legales estatutarias y considerando:

  1. Que según los estatutos de La Fundación de Educación Superior San José, artículo 23 y numeral 2, corresponde al Consejo Superior expedir, interpretar y reformar los reglamentos de La Fundación de Educación Superior San José
  2. Que se hace necesario reformar el Reglamento Estudiantil de La Fundación de Educación Superior San José, a fin de compaginarlo con su nuevo carácter de Institución de Educación Superior Redefinida Institucionalmente y con adopción de los Ciclos Propedéuticos en los términos señalados en el artículo 14 y 15 de la Ley 749 de 2002 , del Decreto 2216 de 2003 artículos 1,2 y 5 y de la Ley 962 de 2005, artículo 63.
  3. Que todas las actividades desarrolladas por La Fundación de Educación Superior San José , tienen como objeto los estudiantes como destinatarios de los servicios que se prestan y que por tanto se hace necesario, fijar con claridad los criterios bajo los cuales ha de orientarse esta relación, Institución de Educación Superior Redefinida Institucionalmente y con adopción de los Ciclos Propedéuticos en los términos señalados en el artículo 14 y 15 de la Ley 749 de 2002 , del Decreto 2216 de 2003 artículos 1,2 y 5, Ley 962 de 2005 artículo 63 ,
  4. Que La Fundación de Educación Superior San José, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de Ley 749/02, del Decreto 2216 de 2003, artículos 1,2 y 5, y de la Ley 962 de 2005 artículo 63, por la cual se organiza el servicio publico de la Educación Superior en las modalidades de formación Técnica , Tecnológica y Profesional , decidió Redefinirse Estaturariamente y organizar la actividad formativa de pregrado en Ciclos Propedéuticos, acorde con los artículos 1,3 y 14 de la Ley 749 de 2002.
  5. Que las instituciones de Educación Superior Redefinidas Institucionalmente y con adopción de los Ciclos Propedéuticos en los términos señalados en el artículo 14 y 15 de la Ley 749 de 2002 , del Decreto 2216 de 2003 artículos 1,2 y 5 Ley 962 de 2005, artículo 63 , en forma coherente con la formación alcanzada en cada ciclo, podrán ofrecer Programas de especialización en un campo específico del área Técnica, Tecnológica y/o Profesional. Esta formación conducirá al título de Especialista en.

ACUERDA:

ARTÍCULO 1. Expedir, como en efecto lo expide mediante el presente Acuerdo, el Nuevo Reglamento Estudiantil de La Fundación de Educación Superior San José Redefinida Institucionalmente y con adopción de formación por Ciclos Propedéuticos contenido en el presente documento.

NATURALEZA JURÍDICA: La Fundación de Educación Superior San José es una Persona Jurídica de utilidad común, organizada como Fundación de derecho privado, sin ánimo de lucro. La Fundación de Educación Superior San José, Redefinida Institucionalmente y con adopción de formación por Ciclos Propedéuticos podrá desarrollar actividades económicas orientadas a conservar e incrementar su patrimonio con el destino específico de satisfacer su objetivo primordial cual es impartir Educación Superior en las modalidades que autorice la Ley.

ARTÍCULO 2. NUESTRA MISIÓN:
Formar con calidad y eficiencia personas íntegras con pertinencia para el sector productivo y responsabilidad social y humanística, por medio del conocimiento, de la ciencia, la investigación, la Técnica y la Tecnologías, de los Ciclos Propedéuticos, educar líderes críticos, con una alta productividad y crecimiento, capaces de innovar como gestores de empresa altamente calificados, cultural y científicamente motivados, Profesionales preparados para que contribuyan al bienestar y desarrollo del país.

NUESTRA VISIÓN:
LA FUNDACIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR SAN JOSÉ , como Institución Redefinida desarrolla y aplica Metodologías apropiadas para la productividad, el capital humano y los recursos naturales, mediante un diseño curricular con foco en el estudiante y su aprendizaje sin discriminación cultural ni socio-económica, con flexibilidad, movilidad y articulación con el medio externo y la empresa, reconociendo el refuerzo del tejido social, así como el compartir del conocimiento para generar crecimiento económico y transformarlo en desarrollo humano sostenible, mediante Programas académicos coherentes y compatibles con las referencias internacionales.

La Fundación de Educación Superior San José desarrolla estrategias de formación Profesional accesibles a las personas, sin discriminación cultural ni socioeconómica, cuenta con un sistema de evaluación permanente y la precisión de indicadores que le permiten como institución, un control de calidad en la formación Profesional y en todos los Programas de apoyo académico; reconoce además que entre los recursos de su organización , el mas importante para el cumplimiento, es el recurso humano, factor de desarrollo científico e investigativo, cultural político y ético , pilar fundamental para la promoción y consolidación de las comunidades académicas, de un medio ambiente sano y una cultura ecológica.

Ofrecer como característica principal una formación académica a sus estudiantes centrada en prepararlos fundamentalmente como gestores de su propia empresa.

ARTÍCULO 3. PREÁMBULO:
La Fundación de Educación Superior San José Institución de Educación Superior Redefinida Institucionalmente y con adopción de los Ciclos Propedéuticos en los términos señalados en el artículo 14 y 15 de la Ley 749 de 2002 , del Decreto 2216 de 2003 artículos 1,2 y 5 y de la Ley 962 de 2005 artículo 63, es una Institución Privada de Educación Superior abierta, cuyo objetivo primordial es la formación integral de la persona, y el bien de la sociedad, mediante la investigación científica y la apropiación y construcción del conocimiento.

La Fundación de Educación Superior San José ,concibe la educación como un proceso humano de relación interpersonal, abierto creativo en el que se deben reconocer las capacidades naturales del alumno ante la realidad como un ser observador, analítico, crítico y creativo por lo cual la función social de La Fundación de Educación Superior San José es la de dinamizar las potencialidades del estudiante para lograr procesos de formación y transición beneficiosa del individuo, de su familia y de la sociedad, Institución de Educación Superior Redefinida Institucionalmente y con adopción de los Ciclos Propedéuticos en los términos señalados en el artículo 14 y 15 de la Ley 749 de 2002 , del Decreto 2216 de 2003 artículos 1,2 y 5 de la Ley 962 de 2005 artículo 63. Los cambios económicos, sociales y culturales exigen que el proceso educativo asuma un papel de formación de la persona como un ser capaz de realizar su propio proyecto cultural histórico y, al mismo tiempo, convertirse en un motor de transición social y de orientador hacia mejores cambios sociales.